IDPH - Illinois Department of Public Health

Paternidad

Si los padres biológicos de un hijo no están casados y los dos se encuentran disponibles para firmar formularios y no aparece en el acta de nacimiento el nombre de ningún otro hombre, se debe completar un formulario llamado Reconocimiento voluntario de paternidad (Voluntary Acknowledgment of Paternity, o VAP). Este formulario se puede obtener de un Secretario del Condado, departamento de salud, oficina de asistencia pública (HFS) o se puede encontrar en http://childsupportillinois.com.

Si los padres biológicos no están casados y uno de los dos no se encuentra disponible para firmar formularios, se requiere una Orden de paternidad de la corte o tribunal (Court Order of Paternity). Contacte a su corte o tribunal local para obtener más detalles.

Si una corte o tribunal ha determinado quién es el padre biológico de un niño y usted tiene una Orden de Paternidad de la Corte o Tribunal, complete y envíe el formulario Declaración Jurada y Solicitud de Certificado de Corrección y una copia certificada de la orden de paternidad de la corte o tribunal. Usted puede obtener una copia certificada de la oficina del Secretario del Circuito. La orden de la corte o tribunal no se le devolverá a usted; se incorporará al archivo sellado.

También será necesario que usted incluya lo siguiente:

  • El nombre y apellido completo del padre
  • La fecha de nacimiento del padre
  • El lugar de nacimiento del padre (el estado o el país si no es Estados Unidos)
  • El número de Seguro Social de la madre
  • Una copia de las identificaciones con foto, emitidas por el gobierno y no vencidas, de la madre y del padre
  • La cuota requerida. Para información sobre las cuotas, pulse aquí.

NOTA: Copia de los resultados de una prueba de ADN no se aceptan como evidencia de paternidad.